La medida se pone en marcha ante el creciente incremento de los contagios y situaciones de confinamiento domiciliario que influye directamente en la actividad de las empresas, bien por situaciones de incapacidad temporal, bien por la necesidad de que el trabajador por cuenta ajena o el autónomo deba atender el cuidado de sus hijos menores o a sus familiares dependientes. Estas necesidades de conciliación se han visto agravadas, tanto por la evolución de la pandemia, como por la reapertura de colegios y centros formativos, especialmente en los casos de cuarentena obligatoria de hijos menores de 12 años, personas dependientes o discapacitados a cargo.
La situación repercute con especial gravedad entre los trabajadores autónomos que pueden verse obligados a suspender su actividad como consecuencia de un contagio o aislamiento por coronavirus. Para evitar este tipo de situaciones, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, se contemplan ayudas destinadas tanto a la conciliación como a la consolidación del trabajo autónomo, financiando también los contratos de sustitución en caso de incapacidad temporal por contagio o aislamiento.
Además de facilitar el derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar y proporcionar una ayuda a pymes y autónomos para que puedan dar continuidad al ejercicio de su actividad, esta medida contribuye a luchar contra el desempleo incentivando la contratación de desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo.
Las ayudas tendrán una cuantía de 50 euros por cada día en que el trabajador esté contratado y van dirigidas a autónomos y empresas o entidades de Castilla y León que tengan menos de 100 trabajadores. Podrán solicitarse desde su convocatoria hasta el mes de junio del próximo año. La medida cuenta inicialmente con una partida económica de 400.000 euros que será ampliable a medida que se requiera, en función del volumen de solicitudes.
Hay que recordar en la Consejería de Empleo e Industria ha convocado el pasado mes de mayo otra línea de ayudas destinada a financiar – con una cuantía de hasta 3.500 euros por trabajador – los contratos temporales con cláusula específica de interinidad para cubrir sustituciones de personas que han causado baja temporal por enfermedad o han reducido su jornada por necesidades de conciliación con motivo del COVID-19.
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