Con niños

Campamento de Navidad ‘Conciliamos 2020’ en Cacabelos

Campamento de Navidad 'Conciliamos 2020' en Cacabelos 1

Cacabelos organiza un campamento navideño bajo el nombre de Conciliamos 2020 para que las familias puedan compatibilizar las vacaciones de los niños con el trabajo de los mayores.

Periodos que pueden solicitarse:
 Del 23 al 31 de diciembre de 2020,
 Del 4 al 8 de enero de 2021
 O los dos.

Requisitos de los progenitores, personas tutoras o acogedoras de los menores deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

 Desarrollar una actividad profesional durante los períodos y en la franja horaria de desarrollo del programa.
 Realizar actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el período de funcionamiento del programa y en la franja horaria de desarrollo del mismo.
 Presentar un grado de discapacidad igual o superior al 65% o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad.
 Tener reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes.
 Padecer enfermedad grave y/o deban seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos.

Solicitud:
Se cumplimentará necesariamente a través de la aplicación web de la Junta de Castilla y León Sede Electrónica de Castilla y León Será necesario disponer de un usuario y contraseña que podrá obtenerse al acceder a la aplicación.

Campamento de Navidad 'Conciliamos 2020' en Cacabelos 2

Plazo de solicitud:
Desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 10 de diciembre de 2020

Cuotas:
Capacidad económica familiar y cuota diaria

Hasta 9.000 €: Exento
Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 €: 4 €
Más de 18.000 €: 6 €

Estarán exentos del abono de la cuota:
 Las familias numerosas de categoría especial cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en la resolución, no supere 40.000 €.
 Los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.
 Los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León.
 Las víctimas del terrorismo.
 Los hijos de las víctimas de violencia de género.

Bonificaciones
 Las familias numerosas de categoría general, cuya capacidad económica, calculada de acuerdo con lo previsto en esta resolución, no supere los 40.000 €, tendrán una bonificación del 50% de la cuota.
 En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota
 Para los usuarios que asistan a todo el período del programa en el verano, la cuota aplicable a la última semana completa será de la mitad de la cuota

Documentación a presentar
1. Justificante del pago de la cuota
2. Volante de empadronamiento colectivo en algún municipio de Castilla y León.
3. Documento que acredite la tutela o acogimiento de los menores para los que se solicite plaza.
4. Copia de la declaración del IRPF correspondiente al año 2019 o certificado de la AEAT de imputación de rentas, salvo que se autorice expresamente a la Administración para su consulta.
5. Copia del título de familia numerosa si no ha sido expedido por la Comunidad de Castilla y León, salvo que se autorice expresamente a la Administración para su consulta.
6. La acreditación de la necesidad de conciliación de la vida familiar y laboral, se realizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras:
a) Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social de ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras, salvo que se autorice expresamente a la Administración para su consulta.
b) En el supuesto de estar realizando un curso impulsado por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la inserción socio-laboral, durante el desarrollo del programa en horario coincidente con éste, se hará constar esta circunstancia en la solicitud, a fin de que el órgano gestor del programa pueda verificar su realización.
c) Copia del grado de discapacidad de los ascendientes o descendientes a cargo de los progenitores, personas tutoras o acogedoras. Si los solicitantes son los que tienen reconocido el grado de discapacidad, podrán autorizar al órgano gestor del Programa Conciliamos a verificar dicha condición.
d) Los cuidadores familiares de personas dependientes, deberán indicar en la solicitud el nombre y DNI del beneficiario de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, a fin de que el órgano gestor del Programa Conciliamos pueda verificar esta circunstancia.
e) Informe médico que certifique la enfermedad grave o los tratamientos médicos que deben seguir los progenitores, personas tutoras o acogedoras de los menores.

Redacción
El autorRedacción
Soy Alberto Tascón,responsable del contenido de Ponferradahoy. De profesión periodista, con una extensa carrera en Cadena SER, 40 Principales, El País y Prisa Digital. Especializado en los últimos tiempos en el bienvivir, sin ser un crítico gastronómico, intento contar a los lectores aquello que creo que puede ser interesante gastronómicamente en Ponferrada, El Bierzo y a veces de cualquier punto del mundo. Me gusta hablar de planes y ocio en Ponferrada y la comarca del Bierzo, eventos, música, actividades para todos etc...También de sitios que visitar, rutas interesantes etc.

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