Desde septiembre del pasado año ya está aprobado el decreto que fija las fiestas laborales en la Comunidad para el año 2021. Se trata de una competencia regulada en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León; en el Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que refunde la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos.
El calendario establecido de conformidad con la normativa mencionada, fija 12 festividades con carácter retribuido y no recuperable. Son las siguientes:
- 1 de enero. Año Nuevo
- 6 de enero. Epifanía del Señor
- 1 de abril. Jueves Santo.
- 2 de abril. Viernes Santo.
- 23 de abril. Fiesta de la Comunidad Autónoma.
- 1 de mayo. Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto. Asunción de la Virgen. Se traslada al lunes 16 de agosto.
- 12 de octubre. Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre. Todos los Santos.
- 6 de diciembre. Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre. Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre. Natividad del Señor.
La Consejería de Empleo e Industria ha sometido esta propuesta a la participación y el debate, tanto de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, a través del Consejo Regional de Trabajo, como a la sociedad civil, por medio del Portal de Gobierno Abierto.
El calendario aprobado se establece sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que determinará para cada municipio la autoridad laboral competente, hasta alcanzar 14 fiestas laborales.