El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se da publicidad al régimen de medidas preventivas para la contención de la COVID-19 en Ponferrada (León)
Esta norma extiende su vigencia no sólo al ámbito ponferradino sino que, por su proximidad a la capital de El Bierzo, incluye también a los barrios y núcleos de población siguientes: Columbrianos, Dehesas, Fuentesnuevas, Otero, San Andrés de Montejos, San Lorenzo, Santo Tomás de las Ollas, Toral de Merayo, Bárcena de El Bierzo, Campo, Lombillo de los Barrios, Puente Boeza, Salas de los Barrios y Villar de los Barrios.
Asimismo el BOCyL difunde sendas órdenes sanitarias por las que se prorrogan las actuaciones para la contención de la pandemia en los municipios de Miranda de Ebro (Burgos) y de Pedrajas de San Esteban (Valladolid), decayendo las aún hoy vigentes en la localidad vallisoletana de Íscar.
En el caso de la ciudad burgalesa comenzarán a partir de las 00 h del domingo, 25 de octubre y por un plazo de catorce días, hasta el 7 de noviembre inclusive; por su lado, en la localidad vallisoletana, la prórroga, por una semana, comenzará a las 00 h del sábado, 24 de octubre, con lo que se extenderá hasta el 30 de octubre.
En la capital de El Bierzo y ante su evolución epidemiológica y situación asistencial, la Junta, en el marco de las competencias que le son propias como autoridad autonómica sanitaria, adopta medidas preventivas frente a la COVID-19, cuya vigencia ha comenzado ya hoy, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de la Orden correspondiente de la Consejería de Sanidad; su plazo se extiende, en principio, por catorce días, hasta el 5 de noviembre.
Todas estas intervenciones se adaptan a la redacción actual del Acuerdo 46/2020, por el que se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
Así, las reuniones de carácter familiar o social se limitan a un máximo de seis personas y se prohíben tanto el consumo en barra en establecimientos de hostelería, de restauración y sociedades gastronómica y como fumar en terrazas al aire libre, decisiones adoptadas para el conjunto territorial castellano y leonés.
La Consejería de Sanidad fundamenta jurídicamente la puesta en marcha de estos regímenes preventivos en la legislación nacional y autonómica y, en este sentido, la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública expresa, por ejemplo, que “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible”.
La Autoridad sanitaria autonómica ha dado trasladado de las medidas adoptadas a los responsables municipales de las localidades afectadas y de otros Ayuntamientos limítrofes, así como a la Delegación del Gobierno, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Asimismo, una vez en vigor, se dará el oportuno traslado a los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León para que soliciten la oportuna ratificación judicial de estas acciones frente a la pandemia.
Las acciones implementadas en Ponferrada se centran en la limitación de la movilidad de los ciudadanos y sobre restricciones al contacto social, además otras intervenciones específicas referidas a aforos máximos, distancias y horarios, con el fin de limitar la transmisión comunitaria del SARS-CoV-2 y evitar nuevos contagios y brotes de la enfermedad, ingresos hospitalarios y fallecimientos.
La actual situación epidemiológica en la capital berciana registra incidencias acumuladas superiores a los 500 casos por cada 100.000 habitantes; más de un 10 % de pruebas PCR positivas en los últimos días; y un nivel de ocupación de los servicios de UCI de referencia superior al 35 %.
Aunque Ponferrada no se sitúa en el rango de los 100.000 habitantes determinados por el Ministerio de Sanidad en su Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por la COVID-19 del pasado 30 de septiembre, la Junta adopta medidas semejantes en municipios que no cumplen con ese criterio poblacional, ya que parece lógico la implementación de intervenciones análogas con las que afrontar situaciones epidemiológica y asistencial proporcionalmente equivalentes a los criterios establecidos en la Orden comunicada ministerial.
En el caso concreto de la ciudad de Ponferrada y también referidas a Columbrianos, Dehesas, Fuentesnuevas, Otero, San Andrés de Montejos, San Lorenzo, Santo Tomás de las Ollas, Toral de Merayo, Bárcena de El Bierzo, Campo, Lombillo de los Barrios, Puente Boeza, Salas de los Barrios y Villar de los Barrios, las actuaciones que se adoptan son las siguientes:
Medidas específicas preventivas en relación con el contacto social:
Medidas específicas preventivas en relación aforos máximos, distancias y horarios:
Para el municipio de Miranda de Ebro (Burgos), medidas sanitarias preventivas, de carácter coercitivo, a aplicar son:
Las mismas medidas descritas para la ciudad burgalesa son coincidentes, salvo en su ámbito de aplicación y plazo, con las prorrogadas en Pedrajas de San Esteban (Valladolid), centradas en la movilidad y en la circulación de personal, así como al desarrollo de diversas actividades que, por sus características, puedan favorecer la propagación de la pandemia por el SARS-CoV-2.
En todo lo no previsto a través de estas órdenes y en lo que sea compatible con ellas, serán de aplicación las medidas que, con carácter general, se establecen en el Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.
El seguimiento y control de las acciones indicadas para Miranda de Ebro, Ponferrada y Pedrajas de San Esteban se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y, en este sentido, la vigilancia, la inspección y el control del cumplimiento de estas medidas de contención corresponden a las autoridades estatales, autonómicas y locales, según el régimen competencial aplicable, contándose para ello con la necesaria cooperación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las policías locales, para la aplicación y cumplimiento de las actuaciones adoptadas.
Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podrá constituir infracción administrativa sancionable según establece el Decreto-ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
No obstante y ante las actuales circunstancias, es imprescindible el compromiso individual para cumplir con las medidas básicas para la prevención de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento físico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas, limitación a seis personas del número de participantes en reuniones de carácter familiar y social) e imperiosa la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones más específicas que se recogen en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León.
Es necesario apelar a responsabilidad ciudadana para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otras obligaciones al respecto, por cuanto son fundamentales para evitar la transmisión comunitaria, insistiendo en que todos y cada uno de los ciudadanos ha de extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2.
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