La concesión de subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia competitiva, para financiar las inversiones que las diputaciones provinciales y los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de Castilla y León realicen para mejorar la dotación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en el ámbito rural de la Comunidad de Castilla y León.
Las bases reguladoras por las que se establece esta convocatoria fueron aprobadas por Orden MAV/1109/2022, de 29 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, publicadas en el Boletín de 1 de septiembre de 2022.
Actuaciones subvencionables
La finalidad de estas ayudas es avanzar en la homogeneidad en la prestación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento en todo el territorio de la Comunidad, con la construcción, modernización y equipamiento de parques de bomberos preparados para un futuro de neutralidad climática y de resiliencia frente al cambio climático.
Se podrá subvencionar con cargo a estas ayudas: obras de nueva construcción, así como las obras de adecuación de parques de bomberos existentes, la adquisición de vehículos y la adquisición de diverso equipamiento (vestuario y equipos de protección individual (EPI), material de intervención en incendios y equipos de radio–comunicaciones, material de rescate en accidentes de tráfico, material de rescate en altura, material de rescate acuático y material de intervención en accidentes con riesgo químico).
Por parte de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio se ha planteado una distribución del importe total de las ayudas de 35.100.000 euros en tres partidas diferenciadas; 17.550.000 euros para ejecución de obras de nueva construcción de parques de bomberos y obras de adecuación de los parques de bomberos existentes, 10.530.000 euros para adquisición de vehículos y 7.020.000 euros para adquisición de equipamiento.
Las actividades objeto de subvención deberán ejecutarse o haber sido ejecutadas por las entidades locales beneficiarias desde el 1 de febrero de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2023. La justificación de las mismas por parte de los beneficiarios se podrá realizar hasta el 15 de octubre de 2023.
La determinación del importe de la ayuda se realizará en función de las solicitudes presentadas cumplidoras con lo establecido en la primera fase de valoración y de la puntuación obtenida en la segunda fase de valoración, conforme a los criterios que se recogen en la convocatoria y de las disponibilidades presupuestarias.
1 comentario
Los comentarios están cerrados