La norma permite la circulación dentro de las áreas establecidas para la desescalada en cada caso (en el nuestro el Bierzo y Laciana) para las actividades permitidas, sin limitación de horario. También se permite para desplazarse a la segunda residencia, siempre que ésta esté situada en el área afectada por la Fase 1, (el Bierzo y Laciana)
Quienes tengan síntomas, estén en aislamiento o en cuarentena no podrán realizar las actividades permitidas. Las personas de riesgo, como los mayores y aquellos con patologías previas, sí podrán realizarlas, siempre que su enfermedad y su estado estén controlados y no sea un riesgo para su salud.
Todas las actividades permitidas deberán tener en cuenta las normas básicas de higiene: distancia de dos metros, evitar aglomeraciones, desinfecciones, evitar uso de ascensores frente a las escaleras, uso de tarjeta frente al efectivo y limpieza del datáfono tras cada uso…
Las terrazas de los bares podrán abrir al 50% de su capacidad (no al 30, como se estableció en el plan para la fase 1). Ese porcentaje se calculará teniendo en cuenta la licencia del año anterior. Eso sí, deberán garantizar que se mantiene la distancia de seguridad de dos metros entre mesas o grupos de mesas, que pueden reunir a grupos de hasta diez personas y que también tendrán que guardar la distancia de dos metros entre ellas. Para entrar en esta categoría no pude tratarse de espacios cubiertos y en los laterales debe haber un máximo de dos muros o paramentos.
Se limpiarán y desinfectarán mesas y sillas entre un cliente y el siguiente y se priorizará mantelería de un solo uso
Se priorizará pago con tarjeta u otros métodos sin contacto frente al efectivo, y se limpiará el datáfono después de cada uso.
En las mesas no podrá haber menús o cartas de papel, solo electrónicos, pizarras o carteles. Tampoco servilletas, aceiteros o palillos u otros productos de autoservicio: se darán en versión monodosis a petición del cliente. Y en los aseos, que se limpiarán seis veces al día, solo podrá haber una persona (excepto si necesita asistencia).
Los bares y restaurantes que abran su terraza deberán contar también con dispensadores de gel autorizados y guardar en un sitio cerrado o lejos de las zonas de paso vajillas y cubertería.
La higiene y las medidas de seguridad también aplicarán, claro, a los trabajadores, que deberán mantener la distancia de seguridad y contar con la protección adecuada. Al más mínimo síntoma, deberán dejar el puesto de trabajo hasta que un médico le evalúe.
Podrán abrir todos los comercios de hasta 400 metros cuadrados de superficie, excepto aquellos que formen parte de parques o centros comerciales sin acceso independiente, podrán abrir sus puertas, en este caso sin cita previa
También podrán abrir los comercios de más de 400 metros cuadrados siempre que acoten en su interior una superficie igual o menor a la máxima permitida.
Eso sí, en todos los casos tendrán que garantizar que no alcanzan el 30% de aforo (si tienen varias plantas, para cada una de ellas).
Asimismo se permiten las acciones comerciales o de promoción (rebajas), pero deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario
Además, deberán garantizar que se mantiene la distancia de dos metros entre clientes (si no, porque es un local muy pequeño, solo se podrá dejar a un cliente cada vez) y que cuentan con horarios prioritarios para mayores de 65 años.
El tiempo en el interior de los comercios será el “estrictamente necesario” para realizar las compras o ser atendidos.
Todos podrán establecer recogida en el local, pero evitando aglomeraciones.
Algunas actividades tienen peculiaridades: Podrán abrir, sea cual sea su tamaño, pero en estos casos sí con cita previa: los concesionarios de automoción, las estaciones de revisión de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas. También abrirán las administraciones de loterías y juegos de ámbito estatal, excepto las que estén en un centro comercial sin acceso directo a la calle.
Es obligatorio realizar dos tandas de limpieza y desinfección al día, una al final de la jornada, centradas en las zonas de más contacto tanto para trabajadores como para clientes. Para ello, se deberán usar productos comerciales aprobados por el Ministerio de Sanidad o disoluciones de lejía en agua de 1/50. Tras cada limpieza, se deberán desechar los materiales utilizados y los equipos de protección.
También es obligatorio limpiar de forma diaria uniformes y ropa de trabajo, a entre 60 y 90 grados de temperatura. Todos los locales deberán contar con papelera con tapa para desechar los sistemas de protección como mascarillas y no se permitirá el uso de los baños (si es estrictamente necesario, se limpiarán tras el uso). Además, deberán contar con dispensadores de gel hidroalcohólico a la entrada.
En el caso de tiendas de ropa, los probadores deberán ser desinfectados después de cada uso y la ropa que no se compre deberá ser higienizada antes de volver a ser probada por otra persona.
También se permite la apertura de mercadillos si lo consideran los ayuntamientos, que serán los que deberán regular su puesta en marcha, pero con un máximo del 25% de los puestos habituales y a un tercio del aforo (aunque se permite ampliar la superficie para ampliar así el aforo total). En el mercado solo se permitirá la compra de productos de primera necesidad. Y, en todo caso, se deberá mantener la distancia de dos metros. Como en el resto de comercios, esa distancia se marcará mediante señales, balizas o carteles.
El cementerio municipal permanecerá abierto, pero en el caso de entierros solo se permitirá el acceso de un máximo de 10 personas y para el resto de visitas sólo se permitirá un máximo de 100 personas en el interior del recinto.
Los velatorios podrán ser de hasta 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados. La comitiva fúnebre, de hasta 15 personas y, si lo hubiera, el cura o similar.
Además, se permite la apertura de centros de culto a 1/3 del aforo, con mascarilla y con limpieza entre diferentes celebraciones. En ambos casos se deberán seguir las medidas de distanciamiento -dos metros- e higiene.
Reglas generales:
Actividades permitidas:
¿Puedo ir a una terraza a cualquier hora pero a pasear solo en mi franja?
Sí, es así. Las actividades permitidas en fase 1 no tienen horario. Pero sí se mantienen las franjas por edades para paseos y deporte al aire libre. De hecho, la orden que las regula ha sido modificada para que las comunidades autónomas puedan modificar el tramo infantil (derogando otras órdenes), así que esa sigue vigente.
¿Puedo ir a otro territorio en la misma fase?
Da igual en qué fase estés tú y la zona a la que quieres ir y por dónde pases. Solo puedes salir del Bierzo y Laciana por las siguientes excepciones: motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
¿Puede toda la familia ir junta en el mismo coche hasta llenar todas las plazas?
Si viven juntos sí, en todas las fases. Además, no es necesario que lleven mascarilla. Si, en cambio, alguno de los viajeros no convive con el resto, se deberán seguir las reglas anteriores: dos personas por fila de asientos y todos con mascarilla.
Estas reglas se aplican a todas las fases. Aunque en muchos medios se afirma que se trata solo de fase 1, no es cierto.
¿Puedo ir a mi segunda residencia?
Sí. Eso sí, solo puedes hacerlo en fase 1 y dentro del territorio de desescalada de tu residencia habitual (El Bierzo y Laciana). Asimismo, te puedes quedar el tiempo que quieras. Eso sí, recuerda que si desde allí sales a correr o a pasear podrías tener problemas con las autoridades a la hora de demostrar que estás a 1 km o en el mismo municipio de tu residencia.
Movilidad para socializar
¿Puedo quedar en una casa con amigos o familiares en fase 1?
La orden ministerial no acota los encuentros ni a lugares ni a tiempos concretos, así que a priori es libre. La orden no incluye esos encuentros como actividad, sino que permite la movilidad en grupos de hasta diez personas. Así que en principio puedes quedar donde quieras y el tiempo que quieras.
¿Puedo visitar a personas mayores o que están dentro de los grupos de riesgo?
Sí, pero deberías hacerlo de forma responsable y evitarlo si crees que puede suponer un peligro de contagio. Aunque el plan de desescalada estableció que mayores y personas de riesgo estarían excluidos de los contactos sociales, la norma que se aprobó finalmente, y que es lo que cuenta, establece que pueden hacer las mismas actividades que el resto de la ciudadanía. Eso sí, siempre que su enfermedad y su estado estén controlados y no suponga un riesgo para su salud.
La única exclusión general es para quienes tengan síntomas, estén en aislamiento o en cuarentena, que no podrán realizar las actividades permitidas y deberán quedarse en casa.
Movilidad para ir a tiendas o servicios
¿A qué hora puedo ir a las tiendas abiertas?
Las franjas horarias no se aplican a las compras ni al resto de actividades permitidas en ninguna de las dos fases. Puedes ir cuando lo consideres necesario Las franjas horarias solo se aplican a paseos y salidas a hacer deporte al aire libre, por el momento. Para el resto de actividades que se vayan permitiendo, si no se especifica de forma clara en la norma que las regule, no hay horario.
¿Puedo ir a cualquier tienda o peluquería?
Si vas a comprar productos básicos, como alimentos, sí. Aunque algunas policías autonómicas o locales han establecido distancias e incluso multado por ir a comprar lejos de tu domicilio, ninguna norma estatal limita eso. Pero, claro, mucho mejor si vas lo más cerca posible.
Para el resto de tiendas: En la fase 1 no es necesario pedir cita previa, aunque el aforo está reducido al 30% y no se limita el territorio, así que entendemos que puedes ir a cualquiera dentro de tu territorio de la desescalada (El Bierzo y Laciana).
¿Puedo ir acompañada a comprar o tengo que ir sola?
El hecho de que las compras se hicieran desde un principio de forma individual para los productos básicos, como la alimentación, se mantiene por el momento. No es incompatible con el hecho de que puedas ir con más gente por la calle, que es otra cosa. Así: a comprar, excepto si te llevas a un menor o acompañas a alguien dependiente, tienes que ir solo. La clave aquí parece ser evitar aglomeraciones dentro de los comercios.
En la fase 1, aunque ya no es obligatoria la cita previa, el aforo está limitado al 30% y se tiene que seguir manteniendo la distancia de dos metros. Aunque no se especifica que debes ir solo, que lo hagas puede facilitar que se cumplan esas normas y es lo más responsable.
¿A cuánta distancia me puedo desplazar para recoger comida en un local?
La verdad es que las medidas aprobadas en bares y restaurantes para recoger comida durante la fase 0 no establecen un límite de distancia, pero creemos que lo mejor -si es posible- es aplicar las normas de los comercios que atienen con cita previa: dentro de tu municipio, excepto si tu municipio no cuenta con ese servicio. Y, en fase cero, por supuesto, solo puedes hacerlo dentro de tu territorio de desescalada.
Movilidad para pasear y hacer deporte
¿Puedo pasear en familia o salir a correr con amigos en fase 1?
No es aplicable a paseos o práctica de deporte lo de los grupos de 10 personas.
¿No puedo pasear más allá de un kilómetro tampoco en fase 1?
En principio la orden que regula los paseos sigue vigente. Pero en fase 1 sí puedes ir andando, a la distancia que consideres, a las actividades permitidas, como visitar a amigos o ir a una terraza o a un comercio, dado que la movilidad está permitida en todo el territorio de desescalada.
¿No puedo correr por toda la provincia en fase 1?
En principio el deporte al aire libre está prohibido fuera del municipio. De hecho, si vas en coche a otro pueblo dentro de tu provincia porque te lo permite la fase 1 y te pones a hacer deporte allí, no cumples las normas, porque estás fuera de tu municipio de residencia.
¿Hasta dónde puedo ir en bici?
Si sales para hacer deporte, por el municipio y una vez al día en la franja que te corresponda por edad, tanto en fase 0 como en fase 1.
Una cosa es que la uses para hacer deporte (y ahí aplican estos límites) y otra muy distinta que sea tu medio de transporte. En ese segundo caso, la distancia a la que podrás ir y el horario dependerá de la actividad que vayas a realizar. Si vas a trabajar en bici, por ejemplo, puedes ir a cualquier hora y donde quieras, puesto que acudir al trabajo no tiene límites de territorio de desescalada.
¿Qué pasa con la práctica de deporte por deportistas profesionales o federados?
En Fase 1: abren los centros de alto rendimiento y podrán acudir a ellos los deportistas de alto nivel, alto rendimiento o de interés nacional de forma individual. Los deportistas de ligas profesionales podrán entrenar y tener sesiones técnicas en grupos de un máximo de 10 personas, siempre guardando la distancia de dos metros y sin permitir el acceso a los medios de comunicación.
¿Puedo ir al monte?
Solo en fase 1 y si el espacio es de acceso libre y está abierto y no lo han vetado, por ejemplo, las autoridades locales, puedes reunirte ahí con amigos en grupos de hasta diez personas, en principio. Eso sí, si vas a hacer deporte, recuerda que se mantienen las reglas y tiene que estar dentro de tu municipio y hacerlo en tu franja horaria.
¿Puedo ir a cazar o a pescar?
No, en ninguna de las dos fases. Está expresamente prohibido y no se prevé que se apruebe hasta la fase 2.
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